Por el cual se revoca el marcado con el número 5 del corriente año
El Ministro de Gobierno,
En ejercicio de la autorización que le confiere el decreto número 3 del corriente año, concordante con el artículo 135 de la Constitución, y
Vistos el telegrama que con fecha 26 del presente mes le ha dirigido el Sr. Gobernador del Departamento del Cauca, el artículo 17 de la Ley 102 de 1888 y los informes del mismo Gobernador y del Prefecto de la Provincia de Pasto, en los cuales se afirma que en la mayor parte de los Distritos que componen el extinguido Territorio del Caquetá no pudieron verificarse las elecciones de Consejeros municipales por falta de individuos idóneos que hicieran las veces de Jurados, lo que indica correlativamente la carencia de personal apropiado para el desempeño de los delicados puestos del Poder Judicial,
DECRETA :
Artículo único. Revócase el decreto número 5 del presente año (a de Enero), por el cual se erige en Circuito Judicial el Territorio del Caquetá.
Dado en Bogotá, á 29 de Enero de 1889.
José Domingo Ospina C.
El Subsecretario,
Julio A. Corredor.
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