Sobre Presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1974
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Fíjanse los cómputos del presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1974, en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y cuatro millones trescientos setenta mil pesos ($ 2.474.370.000).
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34030 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 5
Artículo 2° Apropiase para atender a los gastos del Fondo Vial Nacional durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1974, en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y cuatro millones trescientos setenta mil pesos ($ 2.474.370.000.00) moneda corriente.
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34030 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 5 Y 6.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 19 de enero de 1974.
Misael Pastrana Borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Durán Quintero.
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