por el cual se suprime un cargo vacante de la planta de personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 del 27 de diciembre de 2002 y el Decreto 190 del 30 de enero de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y cuenta con el concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, en sesión del 6 de agosto de 2004, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de un cargo vacante de su planta de personal, como consta en el Acta número 03 de la misma fecha,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese de la planta de personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, el siguiente cargo vacante:
| Número de cargos | Dependencia y Denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (Uno) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 20 |
<>
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 212 de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de enero de 2005.
ÁLVARO URIBE V ÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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