por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1968 (Contraloría General de la República, Ministerios de Defensa, Policía Nacional y de Educación), por $ 402.996.500
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 59 de la Ley 45 de 1967 se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, a partir del primero de enero de 1968, en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de atender a los gastos que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Contralor General de la República ha solicitado una adición al Presupuesto de dicha dependencia por valor de $ 800.000, con destino a la readaptación de las oficinas que ocupa la Contraloría;
Que como consecuencia de la expedición del Decreto número 188 de 1968, sobre aumento de sueldos, primas y bonificaciones de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional; de la Resolución número 735 de 1968, sobre aumento de las partidas para alimentación, lavado y peluquería del personal de soldados, grumetes y personal de enfermos de los hospitales militares, y de otras deficiencias en el presupuesto de gastos de la Policía, se hace necesario incrementar las apropiaciones de dichas entidades en la cantidad de $ 396.296.500;
Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2a de 1968, es necesario incrementar el presupuesto de educación nacional en la cantidad de $ 5.900.000;
Que el ejercicio fiscal de 1967 se liquidó con superávit, sobre el cual el Contralor General de la República expidió como anticipo, el Certificado de Disponibilidad número 6 de 1968, por $500.000.000, de los cuales se utiliza la cantidad de $ 402.996.500, para financiar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1968, con la cantidad de cuatrocientos dos millones novecientos noventa y seis mil quinientos pesos moneda legal ($ 402.996.500), que con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con cargo al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE .RENTAS E INGRESOS
| CAPITULO XV | |
|---|---|
| Recursos del Balance del Tesoro. | |
| Numeral 164-A. Superávit fiscal de 1967 | $ 402.996.500 |
| Suma el recurso | $ 402.996.500 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Artículo 3°. La inversión de los $ 800.000 para la readaptación de las oficinas de la Contraloría General, deberá hacerse de común acuerdo con la Dirección del Ministerio de Hacienda, a fin de que las obras de remodelación del edificio mantengan unidad y la distribución de las oficinas correspondan a las necesidades del servicio de las dos entidades.
Artículo 4°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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