Por el cual se aprueba el Decreto número 25 de 1930, sobre adiciones y traslados en el presupuesto de la Intendencia del Meta
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:
"DECRETO NUMERO 25 DE 1930
"(marzo 21)
"sobre adición al presupuesto de la vigencia en curso y traslados en el mismo.
"El Intendente Nacional del Meta,
"en uso de sus facultades legales,
" decreta
"Artículo 1° Trasládanse las siguientes cantidades en el presupuesto intendencia vigente, que se toman de las apropiaciones que se enumeran a continuación:
| "Del artículo 4° del presupuesto | $ | 110 | |
|---|---|---|---|
| "Del artículo 17 del presupuesto | 300 | ||
| "Del artículo 21 del presupuesto | 600 | ||
| "Del artículo 23 del presupuesto | 500 | ||
| "Del artículo 36 del presupuesto | 1,132 | 26 | |
| "Del artículo 45 del presupuesto | 210 | 4 | |
| "Total | $ | 2,852 | 30 |
| "Del total indicado se destina la suma de $ 196-50 para los siguientes traslados: | |||
| "Al artículo 26. Para útiles de escritorio del Juzgado del Circuito de esta ciudad, a $8 mensuales, en el año | $ | 96 | |
| "Al artículo 39. Para pagar los sueldos del Secretario del Jurado Electoral de Villavicencio, en las elecciones para Presidente de la República, en los meses de noviembre y diciembre de 1929 y enero de 1930, a $ 30 mensuales | 90 | ||
| "Para completo de los útiles de escritorio de los Jurados Electorales de El Calvario, Restrepo y San Martín | 10 | 50 | |
| "Suma | $ | 196 | 50 |
| "Artículo 2° La diferencia del total indicado arriba, o sea la suma de $2,655-80, tendrá la siguiente aplicación: | |||
| --- | --- | --- | --- |
| "CAPITULO 6° | "CAPITULO 6° | "CAPITULO 6° | "CAPITULO 6° |
| "Material y gastos varios. | |||
| "Artículo 45 bis. Para cubrir los siguientes gastos correspondientes a la vigencia de 1929, así: | |||
| "Valor de los sueldos del Corregidor de Cumaral y del Corregidor y Secretario de San Pedro de Arimena, en diciembre | $ | 85 | |
| "Valor de los útiles de escritorio de los Corregimientos de Cumaral, Surimena y San Pedro de Arimena, en octubre y diciembre, el primero; y en octubre, noviembre y diciembre los dos últimos | 13 | ||
| "Valor del servicio de alumbrado de la casa intendencial y de la Policía; en diciembre | 12 | ||
| "Valor del transporte de Bogotá a Villavicencio de dos máquinas de escribir y tres sillas giratorias, efectuado en diciembre | 15 | ||
| "Valor del completo del cuarto por ciento que corresponde a los Lazaretos sobre el producto de las rentas intendenciales en el año de 1929 | $ | 45 65 | |
| "Valor del contrato celebrado con Simeón Saavedra, sobre suministro de uniformes para la Policía intendencial | 633 | 15 | |
| "Valor del contrato celebrado con Luis Berrío C., sobre suministro de un alambique para el servicio de la fábrica de licores | 1,700 | ||
| "Valor del contrato celebrado con J. V. Mogollón, sobre suministro de una máquina de sumar para la Administración de rentas intendenciales | 152 | ||
| "Suma $ | 2,655 | 80 |
"Artículo 3° Queda así modificado el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional del Meta, para la vigencia de 1930, aprobado por Decreto ejecutivo número 182 de 3 de febrero próximo pasado.
"Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo, y si fuere aprobado, publíquese y ejecútese.
"Dado en Villavicencio a 21 de marzo del 1930.
"Alejandro Gaviria de la C.
"El Secretario de Hacienda,
"Jorge Romero Morales"
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de abril de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
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