Por el cual se amplía un plazo

Rango Decreto
Publicación 2000-04-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política, como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema Autoridad Administrativa, en concordancia con los artículos 32 y 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Amplíase hasta el 31 de mayo del año 2000 el plazo establecido en el numeral 4 del artículo 4º del Decreto 2548 de 1999.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

Néstor Humberto Martínez Neira.

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