Por el cual se declaran terminadas las funciones de la Comisión nombrada por Decreto número 874 de 1929
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
Que por Decreto número 874 de 1929 (mayo 17), reglamentario de la ley 65 de 1928, se creó una comisión para que se encargara de la organización de los festejos y de la ejecución de los trabajos que debían llevarse a cabo en las poblaciones de Ríonegro, santuario y concepción, con ocasión de la
conmemoración del centenario de la muerte del general José María Córdoba, y
Que con fecha 29 de marzo próximo pasado, dicha comisión solicito del poder Ejecutivo dictara una disposición haciendo cesar las funciones adscritas a ella por el mencionado decreto, y delegándolas a la Gobernación del Departamento de Antioquia para que ésta continúe atendiendo las obras emprendidas en Ríonegro y Concepción,
decreta:
Artículo 1° Decláranse terminadas las funciones de la comisión nombrada por decreto número 874 de 1929, y compuesta por los señores Gobernador de Antioquia, Comandante de la 4ª. División y doctor Carlos E. Restrepo, para la organización de los festejos y ejecución de los trabajos que deben llevarse a cabo en las poblaciones de Ríonegro y Concepción, y adscríbense dichas funciones a la Gobernación del Departamento de Antioquia.
Artículo 2° Los fondos en poder del Tesorero de dicha comisión serán consignados a la orden de la Gobernación del Departamento de Antioquia, en la Administración de Hacienda Nacional de Medellín.
Artículo 3° El Tesorero de la Comisión rendirá sus cuentas a la Contraloría hasta el día de la entrega, y de ahí en adelante lo hará la Administración de Hacienda de Medellín.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de abril de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Guerra,
José Joaquín VILLAMIZAR
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.