Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que en sesión del 15 de los corrientes el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que tratan los artículos 257 y 272 del Presupuesto vigente,
DECRETA:
Artículo 1° Trasládase la suma de treinta mil pesos ($ 30,000), del artículo 267, capítulo 57, a los siguientes artículos del mismo capítulo:
| Al artículo 257 | $ 20,000 |
|---|---|
| Al artículo 272 | 10,000 |
| Suma | $ 30,000 |
Artículo 2° Dése cuenta del anterior traslado al señor Contralor General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alberto PUMAREJO.
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