Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que en sesión de fecha 29 de marzo del corriente año el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que tratan los artículos 222 y 224, capítulos 50 y 51, respectivamente, del Presupuesto vigente.
DECRETA:
Artículo 1° Trasládese la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000), del artículo 228, capítulo 51, a los siguientes artículos:
| Al artículo 222, capitulo 50 | $ 5,000 |
|---|---|
| Al artículo 224, capítulo 51 | 55,000 |
| Suma | $ 60,000 |
Artículo 2° Dése cuenta del anterior traslado al señor Contralor General de la República.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de abril de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge SOTO DEL CORRAL
El Ministro de Correos y Telégrafos.
Benjamín SILVA HERRERA
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