Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística y Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 11.796.090.00

Rango Decreto
Publicación 1969-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, :a partir del 1 de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento, e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;

Que por medio de las correspondientes resoluciones ejecutivas, el Gobierno Nacional declaró sobrantes y disponibles las sumas necesarias en los presupuestos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de ajustar los programas y las apropiaciones a la reforma administrativa autorizada por la Ley 65 de 1967;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad requeridos para amparar las operaciones presupuéstales de que se trata, de los cuales se utilizan $ 11.796.090.00, en el presente Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de Funcionamiento
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
CAPITULO 021
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Programa 042
Recolección de Datos
Servicios personales
102, 115, 127. Artículo 0208. Subsidio de Transporte $ 13.440
Programa 043
Recolección y Evaluación de Estadísticas Económico-Financieras
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0211. Sueldos del personal de nómina 1.400.200
102, 115, 117. Artículo 0212. Prima de Navidad 143.350
102, 115, 127. Artículo 0213. Subsidio de Transporte 1.200
Gastos generales
106, 115, 205. Artículo 0214. Viáticos y gastos de viaje 81.850
106, 115, 211. Artículo 0215. Materiales y suministros 15.000
Programa 045
Censos
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0219. Sueldos del personal de nómina 2.647.640
102, 115, 117. Artículo 0220. Prima de Navidad 268.970
102, 115, 127. Artículo 0221. Subsidio de Transporte 2.400
Gastos generales
106, 115, 205. Artículo 0222. Viáticos y gastos de viaje 1.895.000
106, 115, 211. Artículo 0223. Materiales y suministros 90.000
Programa 046
Información y Publicaciones
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0224. Sueldos del personal de nómina 418.950
102, 115, 117. Artículo 0225. Prima de Navidad 46.550
102, 115, 127. Artículo 0226. Subsidio de Transporte 400
Gastos generales
106, 115, 211. Artículo 0227. Materiales y suministros 340.060
106, 115, 213. Artículo 0228. Impresos y publicaciones 170.000
Programa 048
Servicios generales
Servicios personales
101, 111, 103. Artículo 0234. Sueldos del personal de nómina 668.280
102, 111, 117. Artículo 0235. Prima de Navidad 73.190
102, 111, 127. Artículo 0236. Subsidio de Transporte 200
Gastos generales
105, 111, 201. Artículo 0237. Mantenimiento y aseguros 166.000
105, 111, 203. Articuló 0238. Compra de equipo 285.000
106, 111, 207. Artículo 0239. Servicios de comunicaciones 395.000
106, 111, 209. Artículo 0240. Servicios públicos 66.800
106, 111, 211. Artículo 0241. Materiales y suministros 25.000
106, 111, 215. Artículo 0242. Arrendamientos 378.000
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO 141
Gabinete
Programa 169
Servicios Administrativos
Servicios personales
101, 111, 103. Artículo 1506. Reforma Administrativa 2.198.610
Suman los contracréditos $ 11.798.09.00
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de Funcionamiento
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
CAPITULO 021
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Programa 041
Administración Superior Unidades Ejecutoras: Jefatura del Departamento, Secretaría General (División Administrativa, Personal y Servicios Generales), y Oficina de Planeación Servicios personales
101, 111, 103. Artículo 0201. Sueldos del personal de nómina 1.354.500
101, 111, 105. Artículo 0202. Gastos de representación 41.400
102, 111, 117. Artículo 0203. Prima de Navidad 172.450
102, 111, 127. Artículo 0203-A. Subsidio de Transporte 11.880
Gastos generales
105, 111, 201. Artículo 0203-B. Mantenimiento y aseguros 166.000
105, 111, 203. Artículo 0203-C. Compra de equipo 285.000
106, 111, 205. Artículo 0203-D. Viáticos y gastos de viaje 81.850
106, 111, 207. Artículo 0203-E. Servicios de comunicaciones 395.000
106, 111, 209. Artículo 0203-F. Servicios públicos 66.800
106, 111, 211. Artículo 0204. Materiales y suministros 25.000
106, 111, 215. Artículo 0205. Arrendamientos 462.000
Programa 042
Información Técnica
Unidad Ejecutora: Dirección General de Información Técnica
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0206. Sueldos del personal de nómina 3.314.080
102, 115, 117. Artículo 0207. Prima de Navidad 456.293
Gastos generales
106, 115, 205. Artículo 0209. Viáticos y gastos de viaje 1.895.000
106, 115, 211. Artículo 0210. Materiales y suministros 340.060
106, 115, 213. Artículo 0210-A. Impresos y publicaciones 170.000
Programa 044
Análisis Socio-Económicos
Unidad Ejecutora: Dirección General de Análisis Socio-Económico
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0216. Sueldos del personal de nómina 881.820
102, 115, 117. Artículo 0217. Prima de Navidad 122.480
Gastos generales
106, 115, 211. Artículo 0218. Materiales y suministros 105.000
Programa 047
Procesamiento de Datos
Unidad Ejecutora: Dirección General de Procesamiento de Datos
Servicios personales
101, 115, 103. Artículo 0229. Sueldos del personal de nómina 1.282.269
102, 115, 117. Artículo 0230. Prima de Navidad 167.220
Suman los créditos $ 11.796.090
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. É., a 18 de abril de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama

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