por el cual se crean dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Montenegro (Departamento de Caldas) y Estación Botero (Departamento de Antioquia), cada una con el personal y asignaciones siguientes:
Montenegro.
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 20 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 2 | |
| Estación Botero. Un Telegrafista Administrador de Correos | 30 | |
| Un Cartero | 3 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de junio de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.