Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1980 (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico), por $ 29.063.600.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico, por medio de las Resoluciones números 0073 y 049 de 1980, declararon sobrante la-suma de $ 29.063:60,0 con el objeto de que sea trasladada, para, incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973 y el artículo 14 de la Resolución orgánica número 07495 de 1979 de la Contraloría General de la República, los Auditores de cada Ministerio expidieron los certificados de reserva y disponibilidad números 030002 y 001 de 1980 por valor de $ 17.000.000.00 y S 12.063.600.00, respectivamente, para amparar los traslados presupuestares de que trata este Decreto
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
Decreta:
Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1980:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35492 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de marzo de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
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