por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente

Rango Decreto
Publicación 1940-04-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 1° de la Ley 55 de 1939, sobre Presupuesto Nacional de rentas y la Ley de Apropiaciones para el año Fiscal de 1940. facultó al gobierno para abrir créditos adicionales al Presupuesto extraordinario, destinados a aumentar las apropiaciones para atender al pago de los gastos incluídos en las partes cuarta y sexta del Presupuesto Nacional, cuando éstas hayan resultado insuficientes por aumento de las respectivas rentas, respaldado tales créditos en ese mismo aumento;

Que los productos líquidos del terminal Marítmo y Fluvial de Cartagena se calcularon e incorporaron en el Presupuesto extraordinario por la cantidad de $30.000, y las operaciones durante el segundo semestre de 1939, arrojaron una utilidad líquida de $47.427,51;

Que de conformidad con los contratos sobre construcción y explotación de aquellas obras, los productos líquidos de la explotación son retenidos y plicados directamente por los Contratistas al servicio de la deuda a favor de The Frederick Snare Corporation, por lo cual se hace necesario adicionar la aprobación con el mayor valor de los productos, que permita legalizar su inversión; y

Que se han llenado todos los requisitos que prescribe la Ley 64 de 1931, órganica del Presupuesto Nacional, para la apertura de créditos adicionales de la clase a que se refiere el considerando anterior,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el cómputo de ingresos del Presupuesto de rentas con destinación especial, parte tercera, numeral 51, con la suma de $17.427.51, mayor valor de los productos líquidos del malecón de Cartagena, ene el segundo semestre de 1939, sobre el estimativo incorporado.
Artículo 2º Con base en el ingreso de que trata el artículo anterior, ábrense el siguiente crédito adicional al presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso asi;

MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Presupuesto extraordinario.

Capítulo 97, artículo 1598. Para legalizar a The Frederick Snare corporation el valor de los productos líquidos en la administración del malecón de Cartagena, que deben ser aplicados al servicio de amortización e intereses del préstamo contratando con la mencionada Compañía para las obras portuarias de dicha ciudad. Contrato de 20 de abril de 1932. Diario Oficial número 21974 ....................... $17.427.51

numer

Cumuníquese y publíquese,

Dado en bogotá a 27 de marzo de 1940

EDUARDO SANTOS

El Minsiterio de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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