por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 520 de 1993 y se concede un permiso
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 34 y 74 del Decreto 1950 de 1973 y el Decreto 1666 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1° La duración de la comisión de servicios al exterior conferida al doctor Armando Montenegro, Director del Departamento Nacional de Planeación, mediante Decreto 520 de 1993, será de once (11) días comprendidos entre el 24 de marzo de 1993 y el 3 de abril del mismo año, y no de 13 días como se menciona en el artículo 2° del mismo decreto.
Artículo 2° Concédese el día 5 de abril de 1993 como un (1) día hábil de permiso al doctor Armando Montenegro, Director del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 3° Mientras dura el permiso que se le concede por este Decreto, encárgase de la Dirección del Departamento Nacional de Planeación al doctor Hernando José Gómez Restrepo, Subdirector del mismo organismo.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2° del Decreto 520 de 1993.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Miguel Silva Pinzón.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.