por el cual se dictan varias providencias relacionadas con el Servicio de Reclutamiento
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 421 de 4 del presente mes se eliminaron los empleados encargados del servicio de Escalafón Territorial, pero no el servicio mismo, el cual continúa a cargo de Oficiales del Ejército, mientras subsista la actual angustiosa situación fiscal, con la Dirección Superior centralizada en el Ministerio de Guerra, en donde se prosiguen los trabajos de reclutamiento;
Que el trabajo de la Dirección Superior, adscrito a un Oficial del Ejército, requiere la colaboración de otro empleado del mismo ramo, y
Que de la partida asignada en el Presupuesto de la vigencia en curso, para este servicio, queda un saldo suficiente para atender al pago del sueldo de dicho empleado y del material necesario en el resto del presente año,
DECRETA:
Artículo 1.° Nómbrase al señor Jorge Perea Sanclemente Oficial de Reclutamiento, Ayudante de la Dirección Superior del Servicio de Reemplazo, con la asignación mensual de noventa pesos.
Artículo 2.° Los Oficiales encargados del Servicio de Reclutamiento en las treinta regiones establecidas a tiempo de suprimir los puestos de Comandantes de Distrito Militar tendrán derecho a cobrar los dos pesos mensuales destinados al gasto de útiles de escritorio.
Artículo 3.° El gasto que este Decreto ocasiona se imputará al artículo 309, capítulo 39 del Presupuesto para la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de marzo de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Guerra,
ISAIAS LUJAN
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