Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 663.040.981.86

Rango Decreto
Publicación 1969-05-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto, y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marca de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;

Que de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 13 de 1962 y las estipulaciones del contrato que consta en escritura pública número 2210, de la Notaría 7 del Circuito de Bogotá, de dicho año, el Gobierno Nacional emitió los Pagarés de Deuda Pública Externa números 1 a 29, a favor de Manufacturas Hannover Trust Company, por la compra de la Compañía Colombiana de Electricidad, por un valor total de US$ 40.677.360.85,Ique al cambio del 16.30% representan en moneda nacional $ 663.040.981.86, los cuales deben ser incorporados al Presupuesto Nacional, con el objeto de legalizar la entrega de los títulos;

Que de conformidad con el convenio, celebrado entre las partes el 2 de mayo de 1968, y el contrato de depósito suscrito entre el Gobierno Nacional, la Compañía Colombiana de Electricidad y el First National City Bank, los Pagarés números 1 a 24, por US$ 33.664.022.88, deberán ser entregados al Manufacture Hannover Trust, por cuenta de la Compañía, y los números 25 a 29, por US$ 7.013.337.97, depositados en el First National City Bank, hasta que se cumplan las condiciones estipuladas en dicho convenio, en el sentido de que según sea el fallo de las autoridades jurisdiccionales colombianas, tales pagarés serán reintegrados al Gobierno de Colombia o entregados a la mencionada Compañía;

Que el Contralor General de la República ha refrendado los títulos de Deuda Pública Externa en cuestión, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, expidió el Certificado de Disponibilidad número 9 de 1969, por $ 663.040.981.86, para amparar la apertura del crédito presupuesta! de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1969, con la cantidad de seiscientos sesenta y tres millones cuarenta mil novecientos ochenta y un pesos con ochenta y seis centavos ($ 663,040.981.86) moneda legal, que, con., base en el Certificado de Disponibilidad número 9 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos
CAPITULO XVI
Recursos del Crédito
b) Recursos del crédito externo
Numeral 174. Producto de los pagarés emitidos a favor del Manufactures Hannover Trust Company, por la compra de la Compañía Colombiana de Electricidad, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 13 de 1962, US$ 40.677.360.85, al cambio del 16.30%. (Capital e intereses) 663.040.981.38
Suma el recurso $ 663.040.981.38
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 591
Ministerio de Obras Públicas
Programa 769
Electrificación
Subprograma 4. Legalización de entrega de pagarés
603, 244. Artículo 6438-A. Para legalizar, la entrega de los pagarés de Deuda Pública Externa expedidos, a favor de Manufactures Hannover Trust Company, por concepto de la compra de la Compañía Colombiana de Electricidad, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 13 de 1962, la escritura pública número 2210 de dicho año, de la Notaría 7a del Circuito de Bogotá, el Convenio suscrito entre las partes el 2 de mayo de 1968, y el contrato de depósito celebrado entre el Gobierno, la citada Compañía y el First National City Bank, US$ 40.677.360.85, al cambio del 16.30%, así: $ 663.040.981.86
Proyecto 1. Para entregar a Manufacture Hannover Trust Company, los pagarés 1 a 24 por valor de US$ 33.664.022.88, al cambio del 16.30% $ 548.723.572.95
Proyecto 2. Para entregar al First National City Bañk, en calidad de depósito, los pagarés 25 a 29 por US$ 7.013.337.97 al cambio del 16.30% 114.317.408.91
Suma el crédito $ 663.040.981.86
Artículo 3°. En el comprobante de entrega de los pagarés 25 a 29 al First National City Bank por US$ 7.013.337.97, se hará constar que tal entrega se hace con el carácter de depósito a la orden del Gobierno de Colombia, y sujeta a las condiciones del convenio de fecha. 2 de mayo de 1968, y al contrato de depósito, celebrado entre las partes, para reintegrarlos al Gobierno o entregarlos a la Compañía, según sea el fallo de las autoridades jurisdiccionales colombianas.
Artículo 4°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de abril de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, Oscar Alviar Ramírez.

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