POR EL CUAL SE REVOCA UNA DISPOSICION Y SE ACLARAN OTRAS DEL DECRETO NUMERO 2048 DE 1932
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias de que esta investido por la Ley 12 de 1932.
DECRETA:
Artículo 1º La Administración Especial de Hacienda, creada por Decreto número 2048 de 1932 en la población de Florencia, se encargará de todos los recaudos y pagos nacionales que deban efectuarse en los territorios comprendidos en las Comisarías del Caquetá, Putumayo e Intendencia del Amazonas, y rendirá sus cuentas directamente a la Contraloría General.
Artículo 2º Derógase el artículo 2º del Decreto número 2048 citado que disponía que las Administraciones de Hacienda Nacional y las de rentas de las Comisarias del Caquetá y Putumayo quedaban incorporadas en la Administración Especial de Hacienda de Florencia.
Artículo 3º Refórmase el artículo 4º del referido Decreto número 2048- de 1932 en el sentido de que los pagos de gastos nacionales que se efectúen en el territorio de la Comisaría del Caquetá, se harán directamente por la Administración Especial de Hacienda de Florencia, por medio de sus subalternas o por los Pagadores Especiales nombrados por los respectivos Ministerios o Departamentos Administrativos, los cuales están obligados a rendir sus cuentas a la Contraloría General.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de enero de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Agustín MORALES OLAYA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAM1LLO
El Ministro de Guerra,
Carlos UR1BE GAVIRIA
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHAUX
El Ministro de Educación Nacional,
Julio CARRIZOSA V.
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alberto PUMAREJO
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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