Por el cual se distribuye una partida asignada en el presupuesto de este año

Rango Decreto
Publicación 1938-02-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en .uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

que en la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso, capítulo 60, artículo 484, figura la suma de $ 60,000 para personal,, material y gastos de conservación y administración de edificios y terrenos nacionales, etc.,

DECRETA:

Artículo 1° La apropiación en referencia se repartirá así:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a ll de enero de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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