Por el cual se dictan disposiciones sobre personal en el Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes nombramientos para proveer las plazas creadas por los Decretos números 2310, 2311, 2312, 2313, y 2314 del 23 de diciembre de 1940:
DESPACHO DEL MINISTRO
Secretaría General
Inspector Técnico de Correos, señor Hubert Zimmermann; Celador, señor Diomedes Forero.
DEPARTAMENTO ADMIISTRATIVO
Dirección General
Mensajero, señor Jesús M. Garzón
Sección de Control
Ayudantes Segundos, señores Jaime Pardo y Carlos González
Sección de Estadística
Ayudante segundo, señorita Elvira Gaitán
Proveeduría y Almacén General
Guarda, señor Jorge Jiménez
Ayudante, señor Guillermo Caballero
Conserje, señor Alberto Vega Casas
Archivo y aseo
Conserjes de Aseo, señoras hortensia Lean, Emma de Hernández y Ana Díaz
DESPACHO DE CORREOS
Recomendados
Acarreadores, señores Rafael Rodríguez y Luis Quevedo
OFICINAS DE CORREOS
Agua de Dios- Interna
Ayudante 2°, señora Ana de Garnica
Bucaramanga
Oficial de Cedulación, señora Soledad Serrano Gómez
Ocaña
Ayudante, señor Heriberto Ferro
Ubaté
Ayudante, señorita María Elisa Chacón
Barrancabermeja
Ayudante, señor Néstor Almendrales
Vélez
Ayudante 2°, señorita Ana María Téllez Pradilla
Cartagena
Carteros, señores Miguel Fortich Revollo y Tomas Figueroa
Cervantes
Altamira (corregimiento de Betulia)
Agente de Correos, señor Julio Escobar
Berlín (corregimiento de Yarumal)
Agente de Correos, señor Cristóbal Franco
Hispania (corregimiento de Betania)
Agente de Correos, señor Eugenio García
Olaya
Agente de Correos, Señor Aurelio Mejía
San José de S.A. (corregimiento de San Andrés)
Agente de correos, señor Antonio Villegas
Flotilla Postal del Meta
Remachador, señor Jesús María Bedoya
DEPARTAMENTO DE TELEGRAFOS
Inspectores Generales de Telégrafos y Teléfonos, señores José Arteaga Landinez y Luis M. Cáceres.
Mensajero, señor Dagoberto Delgado
Choferes de Remonta, señores Pedro P. Zarate y Juan F. Acosta.
Central de Telégrafos
Conserje de Aseo, señor Miguel Naranjo
Oficinas Telegráficas
Las Cruces
Cartero, señor Justino D'Alemán
Medellín
Jefes de Líneas, señores Aquilino Duran y Reinaldo Ramírez
Tunja
Revisor, señor Noel Amaya
Caicedonia
Ayudante, señor Rafael Ocampo
Cali
Copista Anotador, señor Rubén Choy
Oficiales de recibo, señores Ernesto Hincapié y Santiago Mayne
Pavarandocito
Guarda Auxiliar, pavarandocito-Cheverri (zona 14), señor Alberro Goez, con residencia en pavarandocito
ESTACIONES DE RADIO
Medellín
Contador Oficial de recibo, señor Manuel Toro
Barranquilla
Contador Oficial de recibo, señor Samuel Alvarado
Oficia de recibo, señor Luis C. Manga
Bucaramanga
Mecánico ayudante, señor Carlos Matallana
Artículo 2°. Suprimese en la agenda postal de Santa Marta dos plazas de carteros, creadas por el Decreto número 2311 de 1940, y que se encuentran en la actualidad vacantes.
Artículo 3°. Crease la Administración de Correos en Puente Nacional y el cargo de Administrador de la misma con asignación mensual de $ 60.00, y nombrase para desempeñarla a la señora paulina Vicaria v. de Azuero.
Parágrafo. El gasto que demande el presente artículo, se imputara al capítulo 72, artículo 967 de las apropiaciones vigentes.
Artículo 4°. Cambiase la denominación del cargo de Telegrafista Administrador de correos de Puente Nacional, por la de Telegrafista, sin que el empleado que actualmente desempeña el cargo, necesite un nuevo nombramiento o posesión.
Artículo 5°. Trasladanse los siguientes empleados, de la oficina de distribución de telegramas a la Oficina Telegráfica de Chapinero, sin que estos necesiten nuevo nombramiento o posesión.
Supervisor de Carteros, con$ 60.00, señor Juan A. Valcarcel V.
Siete carteros, con $ 50.00 cada uno, señores Daniel Cárdenas, Álvaro Morales, Jesús A. Gaitán, Octavio Pedraza, Jorge Salamanca, Joaquín A. Pérez y Luis A. Páez.
Artículo 6°. Autorizase al ministro de correos y Telégrafos para definir, por medio de resoluciones, el derecho a sueldo de los empleados nombrados por medio del artículo 1° del presente Decreto que vengan prestando servicios desde el primero de enero del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de enero de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA DACOSTA
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