Que fomenta la exportación de ganados de los Llanos Orientales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de la que le confiere el artículo número 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República; y
Que como una consecuencia económica de la presencia en el territorio de la República de Venezuela, de la epizootia de la fiebre aftosa, es aconsejable facilitar la exportación a ese país, de ganados provenientes de los Llanos Orientales colombianos,
DECRETA:
Artículo primero. A partir de la fecha de este Decreto, no se causará el impuesto establecido por los Decretos extraordinarios números 318 de 1949 y 1421 de 1950, para el ganado vacuno que se exporte a Venezuela, proveniente de la Intendencia del Meta y de las Comisarías de Arauca y Casanare
Artículo segundo. La exportación de ganado vacuno para Venezuela, proveniente de la Intendencia del Meta y de las Comisarías de Arauca y Casanare, no está sujeta a cupos ni licencias de exportación, y estará exenta de cuotas de reintegro.
Artículo tercero. Quedan suspendidas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto, que regirá desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de enero de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Guerra, Gonzalo RESTREPO JARAMILLO-El Ministro de Justicia, Guillermo AMAYA RAMIREZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro ANGEL ESCOBAR-El Ministro del Trabajo, Alfredo ARAUJO GRAU-El Ministro de Higiene, Alonso CARVAJAL PERALTA-El Ministro de Comercio e Industrias, Rafael AZULA BARRERA-El Ministro de Minas y Petróleos, Manuel CARVAJAL SINISTERRA-El Ministro de Educación Nacional, Antonio ALVAREZ RESTREPO-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás ANGULO-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.
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