Por el cual se establece una Oficina de Recibo dependiente de las de Telégrafos en el puerto de Buenaventura

Rango Decreto
Publicación 1926-04-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Abrese en Buenaventura una Oficina de Recibo dependiente de la Telegráfica de aquel lugar, la cual funcionará en el local que suministra la Gerencia del Ferrocarril del Pacífico, con el mismo personal y asignaciones creado para atender ese servicio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Correos y Telégrafos, Francisco CARBONELL GONZALEZ.

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