Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio Público), por $ 9.823.372.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las .apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;
Que con el objeto de atender al pago de los aumentos de sueldos, los gastos de representación y la Prima de Navidad, ordenados por la Ley 83 de 1968, y los Decretos números 307 y 344 de 1969, es necesario incrementar las correspondientes apropiaciones en el Presupuesto de Gastos del Ministerio Público, por un total de $ 9.823.372.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 1 de 1969, por $ 340.000.000.00, correspondientes al artículo 1506, Reforma Administrativa, del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de los cuales se utilizan $ 9.823.372.00, para financiar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
| Presupuesto de Funcionamiento | |
|---|---|
| MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO | |
| CAPITULO 141 | |
| Gabinete | |
| Programa 169 | |
| Servicios Administrativos | |
| Servicios personales | |
| 101, 111, 103. Artículo 1506. Reforma Administrativa | $ 9.823.372 |
| Suma el contracrédito | $ 9.823.372 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adiciónales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
| Presupuesto de Funcionamiento | |
|---|---|
| MINISTERIO PUBLICO | |
| CAPITULO 380 | |
| Procuraduría General de la Nación | |
| Programa 391 | |
| Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación | |
| Servicios personales | |
| 101, 134, 103. Artículo 3801. Sueldos del personal de nómina | $ 4.226.310 |
| 101, 134, 105.-Artículo 3802. Gastos de representación | 17.400 |
| 102, 134, 117. Artículo 3804. Prima de Navidad | 422.631 |
| CAPITULO 381 | |
| Fiscalías de los Tribunales Superiores | |
| Programa 392 | |
| Dirección y Administración de las Fiscalías de los Tribunales Superiores | |
| Servicios personales | |
| 101. 134, 103. Artículo 3814. Sueldos del personal de nómina | $ 2.254.62 |
| 102, 134, 117. Artículo 3816. Prima de Navidad | 225.462 |
| CAPITULO 382 | |
| Fiscalías de los Juzgados Superiores | |
| Programa 393 | |
| Dirección y Administración de las Fiscalías de los Juzgados Superiores | |
| Servicios personales | |
| 101, 134, 103. Artículo 3825. Sueldos del personal de nómina | 2.100.070 |
| 102, 134, 117. Artículo 3827. Prima de Navidad | 210.007 |
| CAPITULO 383 | |
| Fiscalías de lo Contencioso Administrativo | |
| Programa 394 | |
| Dirección y Administración de las Fiscalías de lo Contencioso Administrativo | |
| Servicios personales | |
| 101, 134, 103. Artículo 3836. Sueldos del personal de nómina | 267.520 |
| 101, 134, 105. Artículo 3837. Gastos de representación | 69.600 |
| 102, 134, 117. Artículo 3838. Prima de Navidad | 29.752 |
| Suman los créditos | 9.823.373 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de abril de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, Oscar Alviar Ramírez.
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