Por el cual se crean unos cargos. (Ramo de Carreteras Nacionales Conservación)
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 88 de 1931,
DECRETA:
Artículo primero. Créase, dependientes de la Zona de Carreteras Nacionales de Montería, los cargos de Ingeniero Ayudante y Subalmacenisla Pagador, con sede en Sincelejo, con asignación mensual de mil pesos ($ 1.000,00), y cuatrocientos cincuenta pesos (450.00), respectivamente, que se pagarán con inflación a la partida apropiada en el Presupuesto vigente para gastos y sostenimiento de la mencionada zona.
Articulo segundo. Para desempeñar los cargos creados por el presente Decreto, nómbrase al señor Alejandro Espinosa Moreno como Ingeniera Ayudante, y a Juan E. Moreno como Sub-almacenista Pagador.
Parágrafo. El señor Juan E. Moreno, antes de posesionarse, prestará a favor de la Nación la fianza que le señale la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS P1NILLA, Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Obras Públicas,
Contralmirante Rubén Piedrahita.
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