Por los cuales se adiciona el presupuesto de ingreso y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario apropiar la cantidad de treinta y ocho millones de pesos ($ 38.000.000.00), para pagar el 20% del valor de la maquinaria que se proyecta adquirir con base en el crédito obtenido con el Reino Unido para tal efecto.
Que los recursos para financiar las necesidades anteriores pueden tomarse del saldo por $161.886.727.71 del Certificado de Disponibilidad número 1 de fecha 26 de enero de 1970, expedido por la Auditoría General ante el Ministerio de Obras Públicas, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1970 en la suma de treinta y ocho millones de pesos ($ 38.000.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Aquí va un PDF pág. 13.
Artículo 2° Con base en el recurso de qué trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1970 en la cantidad de treinta y ocho millones de pesos ($38.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
Aquí va un PDF pág. 13.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1970.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Pública, Bernardo Garcés Córdoba.
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