Por el cual se trasladan unos créditos del Departamento de Beneficencia y Recompensas al de Instrucción Pública
El Ministerio del Tesoro
En ejercicio do las facultades que el Excmo. Sr. Presidente de la República le delegó por virtud del Decreto número 220, de 15 de Noviembre de 1898, y en cumplimiento del Decreto de carácter legislativo número 536, de fecha 30 de Octubre del año que rige,
decreta
Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1899 y 1900, con la suma de $ 560, imputable así:
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
CAPITUI.O 27
Ministerio de Hacienda - Personal
Art. 222. Sueldos de los empleados do este Ministerio, en el bienio:
| 26 Del Portero-Archivero, á $ 1,200 anuales, sobre $ 960 que tenía | $280 |
|---|---|
| 27. Del Conserje, á $960 anuales, sobre $ 720 que tenía | 280 |
| Suma | $ 560 |
Dado en Bogotá, á 1.° de Diciembre de 1899.
El Ministro del Tesoro,
rafael ORTIZ
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