Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 2102 de 1933
DE 1933
El Presidente, de la República de Colombia,
en uso. dé sus facultades legales,
Decreta:
Artículo único. Delegase en el Director General del Departamento de Prisiones del Ministerio de Gobierno la facultad para nombrar el personal subalterno de los establecimientos de castigo, con aprobación del Ministro del ramo.
Parágrafo. Con esa misma aprobación, el Director General, por medio de resoluciones, podrá delegar dicha facultad en los Gobernadores, Intendentes y Comisarios Especiales o en. los Directores de los establecimientos de castigo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de marzo de 1934
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Gabriel TURBAY
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