Por el cual se suprime la Comisión de Suministros, Empréstitos y Expropiaciones

Rango Decreto
Publicación 1909-06-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado encargado del Poder Ejecutivo

DECRETA:

Artículo 1.° Quedan reducidas á dos las Legaciones de la República en Europa, una con residencia en París, que será acreditada en los países en donde hoy funcionan Misiones Diplomáticas de la República, y la otra ante la Santa Sede.
Artículo 2.° Igualmente se reducen á dos las Legaciones en América, una con residencia en Washington, para los Estados Unidos y Centro América, y la otra, con residencia en Lima, para las repúblicas suramericanas en donde actualmente, están acreditados Ministros Diplomáticos de Colombia.
Artículo 3.° Cada una de estas cuatro Legaciones no tendrá sino un Secretario remunerado.
Artículo 4.° Transitoriamente continuarán en ejercicio la Misión Especial acreditada ante el Gobierno da Su Majestad Católica y la Legación en los Estados Unidos de Venezuela.
Artículo 5.º Los únicos Cónsules remunerados con sueldo fijo serán los que se hallan hoy asimilados á Administradores de Hacienda Nacional.
Artículo 6.° Decláranse ad Honorem todos los demás empleados consulares.
Artículo 7.° Quedan suprimidos los Secretarios, Contadores, Cancilleres y Adjuntos de Oficinas Consulares remunerados por el Tesoro Nacional.
Artículo 8.° También quedan suprimidos los gastos de representación, de escritorio, de arrendamiento de local, etc. de las Legaciones y Oficinas Consulares.
Artículo 9.° Este Decreto empezará á regir desde el día 1.ºde Septiembre próximo.

Publíquese y comuníquese.

Dado en Bogotá, á 15 de Junio de 1909.

JORGE HOLGUIN

El Subsecretario de Relaciones Exteriores encargado del Despacho,

enrique DE ARGAEZ

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