Por el cual se concede una amnistía
El Designado Encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Excelentísimo señor Presidente titular de la República ha manifestado recientemente su deseo de que no queden colombianos sufriendo pena por delitos políticos; y
Que el deseo del Excelentísimo señor Presidente titular está de acuerdo con los propósitos del Designado en ejercicio,
DECRETA:
Artículo 1.° Decláranse amnistiados todos los colombianos que estén sufriendo alguna pena por causas de carácter político.
Articulo 2 ° Los colombianos que por el motivo expresado en el artículo anterior se hallen fuera del país podrán regresar libremente á sus domicilios sin necesidad de pasaporte ú otra formalidad.
Artículo 3.º Los procesos iniciados por causas políticas quedan suspendidos definitivamente.
Artículo 4.° El presente Decreto rige desde su publicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 15 de Junio de 1909.
JORGE HOLGUIN
El primer Subsecretario de Guerra encargado del Despacho,
roberto URDANETA
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