Por el cual se aumenta el máximum de emisión de giros postales en unas oficinas del ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1927-04-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Auméntase el máximum de emisión de giros postales de las Oficinas de Correos de Santa Rosa de Cabal y Buenaventura, a quinientos pesos ($ 500) y mil pesos ($ 1,000), respectivamente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Jesús GARCIA.

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