Por el cual se crea una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Crease la Oficina Postal y Telegráfica de Cachipay, Departamento de Cundinamarca, con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 22. Un Cartero, con $ 2. Para gastos de alumbrado, $1.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ - El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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