Por el cual se hace la distribución de las cantidades asignadas a los Departamentos adscritos a la Secretaría de Gobierno, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 6o del decreto número 547, sobre presupuestos nacionales para la vigencia económica de 1885 a 1886

Rango Decreto
Publicación 1885-09-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En uso de las atribuciones extraordinarias de que se halla investido,

DECRETA:

Artículo único. Distribúyanse los créditos señalados en el decreto sobre Presupuestos, para la organización del servicio de la administración pública en los Departamentos de la Secretaria de Gobierno de la Unión, en la forma siguiente:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 06465. (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1 - 4.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 31 de Agosto de 1885.

El Presidente de la República, RAFAEL NUÑEZ.

El Secretario de Gobierno, Aristides Calderón.

No se ha incluido el personal y material del Congreso ni el del Poder Ejecutivo corno tampoco los viáticos de los Senadores y Representantes.

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