Por el cual se suprimen unos empleos y se aumentan unos sueldos en la Tesorería general
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades constitucionales,
decreta:
Artículo 1° a contar el primeo de Junio próximo quedarán suprimidos en la Tesorería general los empleaos de Oficial de Legalizaciones y tres Auxiliares de la Sección de Contabilidad.
Artículo 2° Desde la fecha indicada los empleados de la Tesorería indicada los empleados de la Tesorería general que á siguientes asignaciones:
| 1.° | El Cajero de la Oficina de Recaudación | $ | 150 |
|---|---|---|---|
| 2.° | El Cajero auxiliar de la Oficina de Recaudación | 120 | |
| 3.° | El Cajero auxiliar de la Oficina de Recaudación | 100 | |
| 4.° | Los Cajeros auxiliares de la Caja pagadora, cada uno | 80 | |
| 5.° | Los Contadores, cada uno | 80 |
Comuníquese .y publíquese.
Dado en Bogotá, á 20 de Mayo de 1907.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.