Por el cual se hace unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Agricultura)

Rango Decreto
Publicación 1959-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente de las que le confieren los Decretos legislativos 0164 de 1950 y 1599 de 1953 (Ley 2a de 1958), y

CONSIDERANDO:

Que el Contralor General de la república expidió con fehca… de enero del presente año, la certificación legal número… sobre disponbilidad de las sumas que se contracreditan, y

Que se han observado todas las demás normas legales pertinentes, según aparece del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Contracréditos.

CAPITULO 204

Secretaría Técnica.

Departamento de Servicios Agropecuarios.

003. Del artículo 2076 Para todos los gastos que demande la Campaña de Conservación de Papa, en el año. . . $ 50.000.00
003. Del artículo 2077. Para toda clase de gastos, excepto el pago de sueldos, que demande la Campaña de Fomento de Olivos, según distribución que se hará posteriormente, en el año. . . $ 180.000.00
003. Del artículo 2079. Para toda clase de gastos, excepto el pago de sueldos, que demande la Campaña de Fomento de Higuerilla, según distribución que se hará posteriormente, en el año 200.000.00
Suman los contracréditos $ 430.000.00

Créditos.

CAPITULO 204

Secretaría Técnica.

Departamento de Servicios Agropecuarios.

003. Al artículo 2078. Para toda clase de gastos que demande la Campaña del Cacao. $ 430.000.00
Suman los créditos $ 430.000.00
Artículo 2.° La partida asignada en el Capítulo 204, artículo 2078 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para toda clase de gastos que demande la Campaña del Cacao", queda distribuída así:
001.Ordinal 1° Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en la presente vigencia y anteriores $ 381.265.00
001.Ordinal 2° Para pagar el personal de la Campaña de Fomento del Cacao, la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores 14.500.00
001.Ordinal 3° Para el pago de indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, reconocidas en la presente vigencia y anteriores 4.800.00
003.Ordinal 4° Para gastos de alimentación, alalaje y sanidad del ganado de la Campaña de fomento del Cacao, en el país, en el año 2.600.00
003.Ordinal 5° Para el pago de arrendamiento de locales ocupados transitoriamente fuera de la capital de la República por las oficinas de la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en la presente vigencia y anteriores. 4.400.00
003.Ordinal 6°. Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a estos servicios de los vehículos de la Campaña de Fomento del Cacao, en la presente vigencia y anteriores. 6.950.00
003.Ordinal 7° Para combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a estos servicios de los vehículos de la Campaña de Fomento de cacao, en la presente vigencia y anteriores. 28.200.00
238.338. Ordinal 8.° Para compra de aparatos y elementos fotográficos y de laboratorio y demás gastos similares inherentes a estos servicios, con destino a la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en el año 2.000.00
003. Ordinal 9° Para gastos imprevistos y gastos menores no contemplados en los demás artículos de esta Campaña en la presente vigencia y anteriores 9.345.00
003. Ordinal 10. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores. 1.000.00
00.3 Ordinal 11. Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguro y transporte de elementos, y demás gastos menores similares inherentes a estos servicios, en la presente vigencia y anteriores. 8.000.00
003. Ordinal 12. Para cubrir a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones el valor del servicio de radios y conferencias telefónicas a larga distancia, en la presente vigencia y anteriores 3.400.00
003. Ordinal 13. Para servicios telefónico local, de alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores. 3.180.00
003. Ordinal 14. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste en el año. 300.00
003. Ordinal 15. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Campaña de Fomento del Cacao, en el país, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores. 51.000.00
101. ordinal 16. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año. 360.00
101. Ordinal 17. Para la adquisición de semovientes de trabajo la Campaña de Fomento del Cacao, en el país, en el año. 5.000.00
201. Ordinal 18. Para gastos de conservación, aseguro mecánico reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio de la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en la presente vigencia y anteriores. 2.460.00
201. Ordinal 19. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en la presente vigencia y anteriores. 14.000.00
135.Ordinal 20. Para la construcción de viveros y pesebreras en la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en el año. 92.200.00
136. Ordinal 21. Para compra de maquinaria y herramientas agrícolas en la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en el año 6.000.00
137. Ordinal 22. Para compra de abonos, semillas insecticidas y fungicidas para la Campaña de Fomento del Cacao en el país, en el año. 42.300.00
Suma $ 683.260.00
Artículo 3.° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de enero de 1959.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Agricultura,

Augusto Espinosa Valderrama.

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