Por la cual se dicta una disposición de orden público
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades, y
CONSIDERANDO:
- 1º Que el Gran Consejo Electoral acaba de hacer el escrutinio general de los votos emitidos por los Electores en las Asambleas Electorales para Presidente y Vicepresidente de la República, y ha declarado electos de acuerdo con la ley, a los candidatos favorecidos con la mayoría de los sufragios; y
- 2º Que todo lo que tienda en alguna forma a desconocer la legalidad de aquella declaratoria puede comprometer seriamente la paz pública,
DECRETA:
Art. 1º Los que con discursos, publicaciones por la prensa o en otra forma pública, desconozcan o inciten a que se desconozca la legalidad del escrutinio y la declaratoria hechos por el Gran Consejo Electoral, como resultado definitivo de las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República en el próximo período, serán tenidos como perturbadores del orden público y se procederá contra ellos como lo previene el artículo 28, inciso 2º de la Constitución.
Art. 2º De igual modo se procederá con los que por vías de hecho traten de hacer tal desconocimiento.
Art. 3º Cuando por cualquier motivo no pueda procederse contra los autores de publicaciones subversivas, se procederá contra los dueños o administradores del respectivo establecimiento tipográfico.
Art. 4º Los Gobernadores de los Departamentos darán cumplimiento a este Decreto, que empezará a regir desde esta fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 4 de Julio de 1904
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
Esteban Jaramillo
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Francisco de P. Matéus.
El Ministro de Hacienda,
Carlos Arturo Torres
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho del Tesoro,
Alfredo Vasquez Cobo.
El Subsecretario de Instrucción Pública, encargado del Ministerio,
Diego Rafael de Guzman.
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