Por el cual se declara turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional

Rango Decreto
Publicación 1970-04-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la

Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el gobierno tiene la misión de prevenir desordenes y actos que impidan la actividad ordinaria de los ciudadanos, y además el deber de conservar el orden público y restablecerlo donde fuere turbado; y proteger a todas las personas residentes en el país en su vida, honra y bienes; que a raíz de las elecciones generales celebradas el dia19 de abril del corriente año, y sin haber concluido aún el escrutinio inicial, se han presentado en distintos sitios del país manifestaciones legalmente prohibidas en este tiempo, amenazas de amotinamiento e incluso hecho de violencia que han producido una grave conmoción interior; que el gobierno debe asegurar el desarrollo normal de los escrutinios, de conformidad con las leyes electorales, preservando la plena independencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el cumplimiento de los resultados, libre de cualesquiera presiones e intentos de alteración de la tranquilidad;

Que oído el consejo de estado, este emitió dictamen favorable a la presente medida,

DECRETA:

Artículo 1°. Declárase turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional.
Artículo 2°. El gobierno enviará a la Corte Suprema de Justicia el día siguiente a su expedición los decretos legislativos que dicte en ejercicio de las facultades que le otorga el Artículo 121 de la Constitución Nacional para que ella decida sobre su exequibilidad.
Artículo 3°. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y Cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de abril de 1970.

CARLOS LLERAS RESTREPO

Carlos Augusto Noriega, Ministro de Gobierno. Alfonso López Michelsen, Ministro de Relaciones Exteriores. Fernando Hinestrosa, Ministro de Justicia y de Educación (encargado). Abdón EspinosaValderrama, Ministro de Hacienda y Crédito Público. General Gerardo Ayerbe Chaux, Ministro de Defensa Nacional, Armando Samper Gnecco, Ministro de Agricultura. John Agudelo Ríos, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Antonio Ordoñez Plaja, Ministro de Salud Pública. Hernando GómezOtálora, Ministro de Desarrollo Económico. Carlos Gustavo Arrieta, Ministro de Minas y Petróleos. Antonio Díaz, Ministro de Comunicaciones. Bernardo Garcés Córdoba, Ministro de Obras Públicas.

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