Por el cual se aumenta la base para el pago y emisión de giros postales en la Agencia Postal de Tumaco
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta :
Artículo único. Auméntase a doscientos pesos ($ 200) la base para pago de giros postales, y a quinientos ($ 500) el máximun de la suma que se puede emitir mensualmente, para el mismo servicio en la Agencia Postal de Tumaco.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZnone El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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