por el cual se establece la planta de Personal del Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1993-03-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Las funciones, propias de las distintas dependencias del Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo Código Grado N° cargos
Despacho del Viceministro. Despacho del Viceministro. Despacho del Viceministro. Despacho del Viceministro.
Viceministro 0020 1
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 21 2
Auxiliar Administrativo 5120 11 1
Planta global. Planta global. Planta global. Planta global.
Director Técnico de Ministerio 0100 20 2
Asesor 1020 14 8
Asesor 1020 11 2
Asesor 1020 08 2
Asesor 1020 07 5
Secretario Ejecutivo 5040 20 2
Auxiliar Administrativo 5120 11 3
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José Cadena Clavijo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.