Por el cual se aclara el número 290 del año en curso
El Presidente de la República De Colombia,
En uso de sus facultades legales
DECRETA:
Artículo 1. "Las Administraciones de Hacienda dependerán del Ministerio del Tesoro como Oficinas subalternas de hi Tesorería General <le la República, de acuerdo con lo que dispone el artículo 276 del Código Fiscal. Esto no obsta para que tales Oficinas cumplan las órdenes e instrucciones que reciban del Ministerio de Hacienda en lo relativo a la administración de las rentas públicas o de los bienes nación ates, o de cualquier otro Ministerio al cual está adscrita tal administración.
Artículo 2°. Queda en estos términos aclarado el Decreto número 290 del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1915.
JOSE VIGENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
ABADÍA MENDEZ
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