Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos de la vigencia actual

Rango Decreto
Publicación 1934-04-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El. Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

que el honorable Consejo de Ministros en su sesión de fecha 9 de los corrientes, a solicitud del Ministerio de Gobierno, aprobó el traslado de $ 6,480, dentro de los capítulos del Presupuesto de gastos vigente del citado Ministerio,

Decreta:

Artículo único. Hácese en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso, el siguiente traslado: Ministerio de Gobierno.
Del capítulo 13, artículo 25, para sueldos de los empleados de las Penitenciarías y Cárceles de Distrito y de Circuito, Reclusiones de Mujeres y Secciones de Presidio, en el año $6480
Al capítulo 13, artículo 29, para pagar jornales de los presos que trabajan en la carretera entre Melgar y El Boquerón, mejora del campamento de los mismos, compra de herramientas y demás elementos que se necesiten para dicha vía $6480

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Gabriel TURBAY

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