por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968. (Ministerio de Fomento), por $ 979.160.00

Rango Decreto
Publicación 1968-05-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, en el Presupuesto de Gastos para a vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública y el cumplimiento de los programas de inversión;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 82 de 1968, se declaró sobrante y por lo tanto disponible para ser contracreditada, en el artículo 2197, del presupuesto de gastos del Ministerio de Fomento, la cantidad de $ 979.160.00, con el objeto de abrir un crédito adicional, por igual valor, en el mismo presupuesto, para financiar el pago de arrendamientos de la Superintendencia de Comercio Exterior;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 4 de 1968, por la cantidad de $ 979.160.00, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

Artículo 1º Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracrédito:

MINISTERIO DE FOMENTO

CAPITULO 0151

Rama Técnica.

Programa 430.

Inspección y control del comercio exterior.

Gastos generales.

106, 113, 209. Artículo 2196-A. Arrendamientos por compra de inmueble $ 979.160
Suma el crédito $ 979.160
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracrédito:

MINISTERIO DE FOMENTO

CAPITULO 0151

Rama Técnica.

Programa 430.

Inspección y control del comercio exterior.

Gastos generales.

106, 113, 209. Artículo 2196-A. Arrendamientos por compra de inmueble $ 979.160
Suma el crédito $ 979.160
Artículo 3º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de abril de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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