Por el cual se fijan unas asignaciones en el Cable Aéreo de Cúcuta al río Magdalena

Rango Decreto
Publicación 1926-04-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo 1º Fijanse las siguientes asignaciones en el Cable Aéreo de Cúcuta al río Magdalena:
Gerente, doctor Gabriel Sanín Villa $ 400
Ingenieros Ayudantes, señores Francisco de P. Fajardo y Jorge Robayo, cada uno 280
Contador, señor José Arenas 250
Cajero, señor Juan E. Carvajalino 230
Jefe de la Sección de Dibujo, señor Jorge Umaña 170
Artículo 2º 3Fíjase la suma de $ 50, como viáticos del Gerente, y la de $ 30 como viáticos de cada uno de los Ingenieros Ayudantes a que se refiere este Decreto, mensualmente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de abril de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.