Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. La suma de $ 25,000 que figura en el Presupuesto de la actual vigencia, en el artículo 666 del capítulo 53 «para auxiliar las Instituciones de la Gota de Leche de la República, inclusive la de Bogotá,» se distribuye así:
| A la Gota de Leche de Bogotá | $ | 8,000 |
|---|---|---|
| A la Gota de Leche de Medellín | 3,000 | |
| A la Gota de Leche de Barranquilla | 3,000 | |
| A la Gota de Leche de la Cruz Roja de Manizales | 2,500 | |
| A la Gota de Leche de Manizales | 1,000 | |
| A la Gota de Leche de Sonsón | 2,000 | |
| A la Gota de Leche de Tunja | 2,000 | |
| A la Gbta de Leche de Bucaramanga | 2,000 | |
| A la Gota de Leche de Cúcuta | 1,500 | |
| Suma | $ | 25,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de abril de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Educación Nacional,
J. Vicente HUERTAS
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