por el cual se adicionan unos Decretos

Rango Decreto
Publicación 1947-02-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que los profesores y empleados nombrados por los Decretos números 374, 399-bis, 401, 402, 403, 404, 405, 454, 525 y 526 del año en curso, han venido prestando sus servicios desde el primero de febrero en los diferentes planteles de educación secundaria, Normales y Vocaefonaies, y tales Decretos no disponen el reconocimiento de sueldos desde la fecha indicada, lo que hace necesario adiciónarlos,

DECRETA:

Articulo único. Los profesores y empleados nombrados por los Decretos números 374, 399-bís. 401, 402, 403, 404, 405 del 4 de febrero, 454 del 10 de febrero, 525 y 526 del 14 de febrero, para los colegios de segunda enseñanza; las Escuelas Normales y las Escuelas Vocaeionales e Industriales,, gozarán de sueldos a partir del dia Io de febrero en curso, fecha en la cual empezaron a prestar sus servicios en los respectivos planteles.

En los términos del presente Decreto quedan adicionados los Decretos a que se ha hecho referencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de febrero de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos, encargado del Despacho de Educación Nacional,

José Viceirie DAVILA TELLO

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