Por el cual se destina una partida para el pago de sueldos del personal del Colegio Nacional de San Bartolomé de que trata el Decreto 332 del presente año
por el cual se, destina una partida para el pago de sueldos del personal del Colegio Nacional de San Bartolomé, de que trata el Decreto 332 del presente año.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 784, capitulo 6l, del Presupuesto vigente, destínase, la cantidad de mil novecientos ochenta pesos ($ 1.980) para pago de sueldos de personal del Colegio Nacional de San Bartolomé, del 16 de febrero al último de marzo, inclusive, del presente año, así:
| Mensual. | Total. | ||
|---|---|---|---|
| Rector, a | $ | 500.00 | 750.00 |
| Vicerrector, a | 300.00 | 450.00 | |
| Secretario, a | 270.00 | 405.00 | |
| Ecónomo-Habi1itado, a | 250.00 | 375.00 | |
| Totales | $ | 1.320.00 | 1.980.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Mariano ROLDAN
El Ministro de Educación Nacional
Guillermo NANNETTI
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