por el cual se fija la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1993-03-31
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones legales que le señala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial de las que le confiere el artículo 95 del Decreto-ley 2110 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° Establécese para el Departamento Administrativo de Seguridad, la siguiente planta de personal:
A. PLANTA ASIGNADA A DEPENDENCIAS A. PLANTA ASIGNADA A DEPENDENCIAS A. PLANTA ASIGNADA A DEPENDENCIAS A. PLANTA ASIGNADA A DEPENDENCIAS
N° cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Despacho del Director. Despacho del Director. Despacho del Director. Despacho del Director.
1 Director de Departamento Administrativo 101 --
1 Secretario Ejecutivo 308 15
1 Secretario Ejecutivo 308 10
2 Secretario Ejecutivo 308 08
1 Técnico Especialista 304 11
1 Secretario Privado 112 20
1 Secretario de Prensa 113 19
Despacho del Subdirector. Despacho del Subdirector. Despacho del Subdirector. Despacho del Subdirector.
1 Subdirector de Departamento Administrativo 102 --
1 Asistente 119 18
1 Secretario Ejecutivo 308 10
1 Secretario Ejecutivo 308 08
2 Profesional Administrativo 302 16
B. PLANTA GLOBAL B. PLANTA GLOBAL B. PLANTA GLOBAL B. PLANTA GLOBAL
N° cargos Area Código Grado
Dirección Superior. Dirección Superior. Dirección Superior. Dirección Superior.
1 Secretario General 103 24
2 Director General 104 23
3 Director 106 22
32 Director Seccional 108 21
23 Subdirector Seccional 109 18
1 Director de Escuela 107 16
3 Director de Area 111 18
6 Jefe de Oficina 114 22
7 Jefe División 116 21
4 Jefe División 116 20
15 Jefe de Unidad 117 20
6 Jefe de Unidad 117 19
7 Jefe de Unidad 117 18
19 Jefe de Unidad 117 17
9 Jefe de Unidad 117 15
2 Oficial de Enlace 118 16
1 Asistente 119 18
11 Asistente 119 16
Operativa. Operativa. Operativa. Operativa.
7 Inspector 201 18
3 Inspector 201 17
10 Profesional Operativo 202 18
12 Profesional Operativo 202 17
15 Profesional Operativo 202 16
21 Profesional Operativo 202 14
24 Profesional Operativo 202 13
10 Oficial de Inteligencia 203 16
19 Oficial de Inteligencia 203 15
29 Oficial de Inteligencia 203 14
59 Oficial de Inteligencia 203 11
46 Auxiliar de Inteligencia 204 09
51 Auxiliar de Inteligencia 204 07
20 Detective Especializado 206 16
30 Detective Especializado 206 14
50 Detective Especializado 206 13
100 Detective Profesional 207 11
200 Detective Profesional 207 09
500 Detective Agente 208 07
1000 Detective Agente 208 06
1500 Detective Agente 208 05
4 Criminalístico Especializado 209 18
8 Criminalístico Especializado 209 14
10 Criminalístico Especializado 209 13
21 Criminalístico Profesional 210 11
23 Criminalístico Profesional 210 09
11 Criminalístico Técnico 211 07
36 Criminalístico Técnico 211 06
46 Criminalístico Técnico 211 05
40 Agente Secreto 212 10
60 Agente Secreto 212 07
40 Guardián Superior 213 07
50 Guardián 214 05
150 Guardián 214 04
200 Guardián 214 03
Administrativa Administrativa Administrativa Administrativa
5 Profesional Especializado 301 18
20 Profesional Administrativo 302 17
14 Profesional Administrativo 302 16
21 Profesional Administrativo 302 15
19 Profesional Administrativo 302 14
39 Profesional Administrativo 302 13
9 Técnico Especialista 304 12
9 Técnico Especialista 304 11
13 Técnico Especialista 304 10
20 Técnico 305 07
25 Técnico 305 06
75 Técnico 305 05
45 Técnico 305 04
60 Técnico 305 03
12 Secretario Ejecutivo 308 10
26 Secretario Ejecutivo 308 08
15 Secretario 309 06
80 Secretario 309 05
363 Secretario 309 04
190 Secretario Auxiliar 310 03
1 Pagador 312 14
7 Pagador 312 11
19 Pagador 312 10
9 Pagador 312 08
1 Almacenista General 313 16
4 Almacenista 314 11
19 Almacenista 314 09
14 Almacenista 314 06
1 Piloto 316 17
50 Conductor 317 06
120 Conductor 317 05
160 Conductor 317 04
3 Mecánico 318 08
6 Mecánico 318 06
6 Mecánico 318 05
10 Mecánico 318 04
5 Mecánico 318 03
3 Enfermero 320 06
15 Enfermero 320 04
3 Intérprete 322 11
4 Intérprete 322 09
5 Instructor 323 12
15 Auxiliar Administrativo 324 06
20 Auxiliar Administrativo 324 04
35 Auxiliar Administrativo 324 03
60 Auxiliar Administrativo 324 02
70 Auxiliar de Servicios 325 03
100 Auxiliar de Servicios 325 02
130 Auxiliar de Servicios 325 01
300 Alumno de Academia 326 03
6 Profesor de Secundaria 327
6 Profesor de Primaria 328
6 Profesor de Academia 329 14
Artículo 2° El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, por medio de resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal en las diversas dependencias, teniendo en cuenta la estructura orgánica interna, planes, programas y demás necesidades del servicio.
Artículo 3° La incorporación no implica solución de continuidad en el servicio para ningún efecto legal. El personal incorporado tomará posesión sin otro requisito que el juramento y la firma del acta correspondiente.
Artículo 4° Los funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad que no sean desvinculados como consecuencia de la reestructuración y hasta su posesión en el nuevo cargo, devengarán el salario correspondiente al grado señalado en la planta de personal anterior.
Artículo 5° El personal del Departamento Administrativo de Seguridad podrá ser trasladado a cualquiera de las dependencias de la Institución en el país, según lo exijan las necesidades y conveniencias del servicio.
Artículo 6°Vigencia y derogaciones. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José Cadena Clavijo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,

Fernando Brito Ruiz.

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