Por el cual se aprueba y adopta un Reglamento para el servicio del Ejército

Rango Decreto
Publicación 1917-04-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase y adóptase en todas sus partes el Reglamento para el servicio de los revisores de armamento.

Parágrafo. Del Reglamento en referencia se hará una edición de quinientos ejemplares.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Guerra,

Salvador FRANCO.

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