Por el cual se abre un crédito a la Ley de Apropiaciones vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 53 de 1935 autorizó al Gobierno para proceder a la construcción y terminación de edificios para cuarteles con el lleno de todas las exigencias de arquitectura militar y de la higiene, entre los cuales se encuentran los de Tunja, Manizales y Pamplona;
Que el Estado dispone de recursos provenientes de las utilidades que quedaron a su libre disposición, en virtud del contrato celebrado con el Banco de la República el 23 de noviembre de 1938, en desarrollo de las disposiciones de la Ley 167 del mismo año, sobre estabilización monetaria;
Que la Contraloría General, en nota número 3745, de fecha 1º de marzo en curso, expidió el certificado exigido por el artículo 30 de la Ley 64 de 1931, punto e), sobre la existencia del recurso de que trata el considerando anterior y emitió su concepto favorable a la apertura de un crédito con destino a la construcción de cuarteles, y
Que según notas números 1511 y 7514, de fechas 10 de febrero y 9 de marzo del corriente año, procedentes de las Secretarias del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado, tales entidades emitieron su concepto favorable y autorizaron la apertura del crédito que en seguida se detalla,
DECRETA:
Artículo único. Con base en las utilidades que quedaron a la libre disposición del Estado, provenientes de la devaluación del peso colombiano, en virtud del contrato celebrado con el Banco de la República el 23 de noviembre de 1938, en desarrollo de lo dispuesto por la Ley 167 del mismo año, ábrese el siguiente crédito a la Ley de Apropiaciones vigente:
MINISTERIO DE GUERRA
Presupuesto extraordinario.
CAPÍTULO 85
| Artículo 796. Para la construcción de un cuartel en la ciudad de Tunja | $300.000 |
|---|---|
| CAPÍTULO 85 | |
| Artículo 797. Para la construcción de un cuartel en la ciudad de Manizales | 300.000 |
| CAPÍTULO 85 | |
| Artículo 798. Para la construcción de un cuartel en la ciudad de Pamplona | 150.000 |
| Suma | $750.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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