Por el cual se separa en Agua de Dios la administración de correos de la oficina Telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Sepárase en Agua de Dios la Administración de Correos nacionales de la Oficina telegráfica, y organizase dicha Administración con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
| Un Administrador de Correos con | $ | 20 |
|---|---|---|
| Para gastos de útiles de escritorio | 0.50 |
Parágrafo. El presente Decreto empezará á surtir sus efectos desde esta misma fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Enero de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIO VELEZ
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