Por el cual se confiere una comisión al señor José Antonio Escandón, encargado de Negocios Ad Interim de Colombia en Caracas, para cumplir la Ley 84 de 1923

Rango Decreto
Publicación 1924-04-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta que la Ley 84 del año próximo pasado ordenó la repatriación de los restos del señor doctor Diógenes A. Arrieta, distinguido colombiano fallecido en Caracas, en el año de 1897; y

CONSIDERANDO:

Que esta para regresar a Colombia el señor José Ante n o Escandón. Encargado da Negocio ad interim en Caracas el que ha ofrecido al Ministerio de Relaciones Exteriores verificar la conducción de los restos expresados, por lo cual el-Gobierno desea aprovechar tan valioso ofrecimiento,

decreta:

Artículo 1.° Comisiónase al señor José Antonio Escandón Encargado de Negocios ad Interim en Caracas, para obtener la entrega de los restos del eminente colombiano señor doctor Diógenes A. Arrieta, y para que los conduzca hasta Cartagena, donde debe entregarlos al señor Gobernador del Departamento.
Artículo 2 Para los gastos que ocasione el • cumplimiento de este Decreto, señalase la suma de doscientos pesos ($ 200), que se tomará del capítulo 16, artículo 219, de la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso, por no haberse incluido en ésta la partida correspondiente para cumplir la Ley 84 de 1923 .
Artículo 3 El mausoleo de mármol con el busto de .tan esclarecido ciudadano, que debe levantarse en el cementerio de San Juan Nepomuceno, y el retrato al óleo para la Gobernación de Bolívar, de que trata el artículo 2° de la citada Ley 84, se mandarán ejecutar una vez que se apropie la partida necesaria, en la Ley de Apropiaciones

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de abril de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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