Por el cual se establecen almacenes para el expendio de sal procedente de Cumaral y Upín, en los puertos fluviales de Arauca y Orocué

Rango Decreto
Publicación 1906-05-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Los Administradores de las Aduanas de Arauca y Orocué, como responsables de Erario, transportarán y venderán sal de las Salinas de Cumaral y Upín, por cuenta del Gobierno, en las poblaciones de Arauca y Orocué.

Parágrafo. Las cuentas respectivas las rendirán los Administradores citados en la misma forma en que rinden las de Aduanas ante la Corte de Cuentas.

Comuníquese y Publíquese,

Dado en Madrid, á 23 de Mayo de 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

JOSE M. CORDOBES M.

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